Spread the love

Este lunes se registró un nuevo aumento en el valor de la nafta y de esta forma se concretó la segunda de febrero y la quinta del año. De manera paralela, las multas de tránsito van en ascenso.

Ahora las pizarras de precios en las estaciones YPF sorprendieron con un aumento promedio del 1,2%. De esta forma el valor de la Súper llegó a 81,70 pesos, la Infinia a 95,10 pesos, el Diésel 500 a 76 pesos y la Infinia Diésel, 91,30 pesos. Con el valor de la nafta infinia se mide la unidad UF que sirve para poner el costo de la multa a pagar por quien infringe una norma de tránsito.

Vale destacar que si la persona asiste al Juzgado de Faltas dentro de los 30 días posteriores al labrado de la multa, se le aplica un descuento, de lo contrario, fuera de ese plazo la multa se deberá abonar completa.

A continuación los valores de cada una 

– Conducir vehículos en estado de intoxicación alcohólica o bajo la acción de estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir:

  • Motos: 150 UF: 14.265 pesos
  • Automóviles: 250 UF: 23.775 pesos
  • Camionetas o furgones: 300 UF: 28.530 pesos
  • Camiones 400 UF: 38.040 pesos
  • Vehículo de transporte público de pasajeros: 600 UF: 57.060 pesos

– No permitir a la autoridad de aplicación el control sobre la ingesta de alcohol o estupefacientes luego de cometida una infracción: 150 UF: 14.265 pesos pesos

– Darse a la fuga o pretender fugar, o eludir autoridad interviniente en un operativo de control, o negarse a suministrar en tal circunstancia los datos esenciales de licencia de conductor: 200 UF: 19.020 pesos

– Violar las disposiciones de la autoridad policial, fuerza de seguridad, funcionario público en función de control de tránsito, o las dadas por aparatos mecánicos indicativos de tránsito: 150 UF: 14.265 pesos

– Ser parte de un accidente de tránsito y no denunciarlo ante cualquier autoridad de control: 150 UF: 14.265 pesos

– Conducir vehículos a velocidad peligrosa: 250 UF: 23.775 pesos

– Violar los límites de velocidad señalizados o fijados en normas de tránsito: 250 UF: 23.775 pesos

– Competir en velocidad o regularidad con otro vehículo en la vía pública: 250 UF: 23.775 pesos

– Conducción de vehículos sin estar habilitados, o con registro vencido, o estando suspendida la habilitación o inhabilitados por autoridad judicial:

  • Motos: 150 UF: 14.265 pesos
  • Automóviles: 250 UF: 23.775 pesos
  • Camionetas o furgones: 300 UF: 28.530 pesos
  • Camiones 400 UF: 38.040 pesos
  • Vehículo de transporte público de pasajeros: 600 UF: 57.060 pesos

– Al propietario o responsable de un vehículo que permita la conducción del mismo a personas no habilitadas, o menores de 16 años se aplicará:

  • Motos: 150 UF: 14.265 pesos
  • Automóviles: 250 UF: 23.775 pesos
  • Camionetas o furgones: 300 UF: 28.530 pesos
  • Camiones 400 UF: 38.040 pesos
  • Vehículo de transporte público de pasajeros: 600 UF: 57.060 pesos

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *