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Tras años de preparación y elaboración, el nuevo Código Procesal Penal fue aprobado por unanimidad hoy en la Cámara de Diputados local, marcando un hito en la historia de la justicia sanjuanina, ya que introduce cambios sustanciales en el funcionamiento judicial provincial para agilizarlo. Por ejemplo, establece la oralidad del proceso, la investigación fiscal en lugar de que lo haga el juez e incorpora la novedosa figura del juicio por jurados, que prevé que la gente común juzgue a los imputados.

La norma, que cuenta con 625 artículos, no será de aplicación inmediata ya que se requiere de otra ley de implementación que sea aprobada en Diputados y que fije un calendario de funcionamiento, el que se prevé gradual pero con vistas a iniciarse en el segundo semestre de 2019. Requerirá de la creación de infraestructura edilicia y de personal importante. La norma fija el proceso penal acusatorio y establece que “durante todo el proceso penal se deben observar los principios de igualdad entre las partes, oralidad, publicidad, contradicción, concentración, inmediación, simplicidad, celeridad e informalismo”.

Se trata de un cambio total de paradigma que elimina el juzgado como eje central de proceso, la figura del juez que investiga y organiza todo el trabajo además de juzgar. El sistema mixto que se usa ahora arroja un dato clave que se escuchó en el recinto hoy: en 2017 ingresaron alrededor de 30 mil causas penales y solo 2200 tuvieron resolución; y actualmente el promedio de tramitación es de 4 años. Se busca con el nuevo sistema acortar a la mitad este plazo.

El nuevo sistema se denomina acusatorio adversarial y tiene como base la oralidad, evitando el papeleo y agilizando las causas. Genera una desconcentración y cede la investigación a los fiscales, mientras que el juez se limita a llegar a la audiencia de formulación que lleva el Ministerio Publico Fiscal y la audiencia de control de acusación que se fija una vez investigado el hecho . El fiscal investiga junto a la Policía dando más rapidez al proceso., en un plazo de un 1 año prorrogable a 180 días. El juez sólo controla la acusación. La última etapa del proceso es el juicio oral.

El sistema establece competencias claramente diferenciadas para el fiscal General de la Corte de Justicia, el Fiscal Coordinador, el Fiscal de Impugnación, el Fiscal Penal, el Fiscal de Flagrancia, el Fiscal de Ejecución y el Ayudante Fiscal.

Una figura novedosa es la implementación del juicio por jurados, que ya se aplica en otras provincias argentinas como Córdoba y Neuquén. Es un tribunal compuesto por ciudadanos que da un veredicto.  El jurado deliberará, sacará conclusiones y deberá tomar una decisión o veredicto con mayoría de 8 sobre 12 sobre sobre si es inocente o culpable la persona juzgada, ese veredicto va al juez y este determina la pena, si no hay acuerdo de mayoría debe hacerse un nuevo juicio con otro jurado. La designación de un ciudadano como jurado es considerada una carga pública y no puede negarse, por lo que queda disculpado de presentarse a trabajar para que cumpla el rol. El jurado se elige por sorteo y sólo se pueden excusar cuando se trate de problemas familiares que perjudiquen o una mamá embarazada o que amamanta, según explicó la miembro informante del proyecto, la oficialista Amanda Días.

Entre las figuras interesantes también está la reincorporación de la mediación como medida alternativa de solución antes de que el juez llegue a la audiencia, necesitando acuerdo de la fiscalía y de la defensa.

Consenso

La ley fue aprobada con amplio consenso, por unanimidad en Diputados. Esto opinaron algunos legisladores opositores antes de levantar la mano:

-Carlos Munisaga: “Esta ley tan importante que estamos aprobando tuvo un trabajo previo muy grande de una comisión que estudió y trabajó muy bien compuesta por  estamentos de Ministerio Publico Fiscal, Ejecutivo, Magistrados, que recalaron en antecedentes como el Código Nacional y de otras provincias como Neuquén o Chubut y entrevistar en Chile para ver cómo funciona el sistema acusatorio adversarial.  Es un código de vanguardia en el país y enaltecerá el servicio de justicia de San Juan, al menos en el sistema criminal dará la respuesta que la sociedad desea”.

-Edgardo Sancassani: “Para poner en funcionamiento esto se necesita una amplia infraestructura edilicia y de recursos humanos. Debe apuntarse a la equidad y los jueces deben estar no solo apegados a la letra fría sino ser equitativos y llegar a ser justos”.

-Eduardo Castro: “La satisfacción del deber cumplido es tratar este proyecto de ley, destacando la labor de las comisiones de Seguridad y Justicia y de Legislación y Asuntos Constitucionales, además de la comisión que desarrolló el proceso”.

-Jorge Espejo: “Es una gran alegría estar en esta Cámara dándole un nuevo Código Procesal Penal a la provincia y quiero destacar el trabajo de las comisiones”.

-Susana Laciar: “La agenda de políticas de seguridad pública que aseguran el orden y la paz social deben venir de la mano de instituciones que acompañan el cambio social. Garantistas y duros, progresistas y reaccionarios muchas veces lejos de entender el problema lo complejizamos. Muchas veces con el devenir del tiempo se pierde la noción de justicia, en la penalización, teníamos jueces y fiscales que trabajaban con la misma organización y las mismas herramientas que hace 50 años atrás. Flagrancia fue la innovación más fuerte y hubo un reemplazo de la máquina de escribir por la computadora. El sistema no daba respuestas y el sistema penal demostró su fracaso. Por eso este cambio de paradigma es absolutamente necesario, se pedía a gritos”.

-Fernando Moya: “La satisfacción por el momento tan importante de aprobar este nuevo Código Procesal Penal que es un cambio de paradigma y tiene como propósito mejorar la calidad de vida a los sanjuaninos, en materia de administración de justicia”.

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